colon entre rios
Cantidad de Lectores:563 Miércoles, 19 de Junio de 2013
PORTADA TITULARES
CURIOSIDADES
LITERATURA
MEDIO AMBIENTE
OPINIONES
SALUD
TECNOLOGíA
TURISMO
HOROSCOPO





Para Intendente de Colón el 23 de Octubre voto a :

Ramiro Favre
Mariano Rebord
Marcos Luciani
Donato Piris
Luis Ducret

Ver Resultados


CONTACTO
Envíe su noticia, comentario o sugerencia a
correo
redaccion@ portalcolonense.com.ar

ENLACES
bomberos colon entre rios
Zona Colon
Grupo Scouts Colon Grupo Scouts Colón
San Jose WEB
www.redcomser.com.ar
Más Sitios de Noticias en
www.todoar.com.ar
Diarios de Argentina

CÓMO Y CUÁNDO SUSPENDER LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO
( 30/05/2011 )

Al otorgarse la Prestación por Desempleo, el beneficiario debe tener en cuenta las obligaciones que la reglamentación establece. Una de las más importantes es solicitar la suspensión de la prestación en alguna dependencia de ANSES, dentro de los 5 días hábiles de haberse incorporado a un nuevo trabajo. Es elemental tener en cuenta este plazo legal que existe para la suspensión, ya que si no se solicita dentro de los 5 días hábiles del ingreso al nuevo empleo, se le cobrará un recargo de entre el 10% y el 20% de la cuota pura (sin tener en cuenta las Asignaciones Familiares). El trámite de la suspensión puede llevarse a cabo personalmente en cualquier delegación de ANSES. También la notificación puede enviarse por medio correo postal como un telegrama, carta documento o por nota presentada a través de una persona autorizada




 Enviar por correo
Portal Colonense
Colón Entre Ríos Argentina

Volver